Según la prensa de la época y la tradición oral, a las 5 de la madrugada del jueves día 22 de Septiembre de 1910, las campanas de la iglesia parroquial comenzaron a repicar a rebato, las gente de los barrios salieron a la calle, el resplandor y la "humacera" que procedía del centro del pueblo no dejaba duda, algo se está quemando.
Lo que se quema son cientos de años de la historia escrita de Agaete. El fuego destruye las dependencias del ayuntamiento dedicadas a archivo y juzgado.
De los primeros en llegar al fuego, las autoridades y el cura párroco D. Virgilio Quesada, el incendio ya amenazaba el salón de plenos del ayuntamiento, centrándose todos en evitar que se propagara a las viviendas colindantes.
Han merecido los mayores elogios, según la prensa de la época, los trabajos que realizaron muchos vecinos para extinguir el fuego, citándose entre otros los nombres de; D. Graciliano Ramos, hacendado de la villa y Vicepresidente de la Comisión local de La Cruz Roja, don Juan Armas Merino, D. Pedro Martín Santana y D. Carlos Martín Ramos, que también pertenecen a dicha institución recientemente creada en la villa.
Tras tres horas lograron sofocar el incendio.
Lo que se quema son cientos de años de la historia escrita de Agaete. El fuego destruye las dependencias del ayuntamiento dedicadas a archivo y juzgado.
De los primeros en llegar al fuego, las autoridades y el cura párroco D. Virgilio Quesada, el incendio ya amenazaba el salón de plenos del ayuntamiento, centrándose todos en evitar que se propagara a las viviendas colindantes.
Han merecido los mayores elogios, según la prensa de la época, los trabajos que realizaron muchos vecinos para extinguir el fuego, citándose entre otros los nombres de; D. Graciliano Ramos, hacendado de la villa y Vicepresidente de la Comisión local de La Cruz Roja, don Juan Armas Merino, D. Pedro Martín Santana y D. Carlos Martín Ramos, que también pertenecen a dicha institución recientemente creada en la villa.
Tras tres horas lograron sofocar el incendio.
Resulta curioso que el incendio sólo afecte a las dependencias del archivo y la secretaría, donde se guarda toda la documentación de la contabilidad y bienes comunales de la localidad. Otra de las curiosidades es que el Cabo Comandante de Puesto de la única unidad de la Guardia Civil de toda la comarca, con sede en la localidad de Santa María de Guía, se encuentra ese día en el pueblo y participa activamente en la extinción del incendio, además de ser el encargado de instruir las diligencias.
El incendio quedó extinguido tres horas después de detectarse, a las 8 horas.
Calle principal del pueblo a principios de siglo XX, (Archivo municipal)
El incendio destruyó toda la documentación municipal, sobreviviendo en muy mal estado solamente alguna de carácter judicial, al resultar menos afectado el juzgado de Paz.
Preside el ayuntamiento en 1910, el Alcalde D. Francisco de Armas Merino, siendo concejales, D. Juan de Armas Merino(hermano del alcalde), D. Pedro de Armas Álamo, D. Juan Rodríguez Bermúdez, y D. Agustín Álamo Vizcaíno.
Aunque ya hay referencias a los Armas en el archivo parroquial desde el siglo XVII, la familia De Armas, salvo raras excepciones, se van alternando en el poder municipal desde al menos mediado el siglo XIX, hasta la llegada de la segunda república. Incluso ya en democracia, en los años ochenta el siglo XX, un hijo de D. Francisco de Armas, D. José de Armas Medina, fue alcalde por el Partido Popular.
El alcalde D. Francisco de Armas (1872-1955), era un rico terrateniente y ganadero, amén de otros negocios en la villa y por toda la isla. Su vivienda familiar era el actual ayuntamiento.
Alcalde D. Francisco de Armas Merino.
Aunque ya hay referencias a los Armas en el archivo parroquial desde el siglo XVII, la familia De Armas, salvo raras excepciones, se van alternando en el poder municipal desde al menos mediado el siglo XIX, hasta la llegada de la segunda república. Incluso ya en democracia, en los años ochenta el siglo XX, un hijo de D. Francisco de Armas, D. José de Armas Medina, fue alcalde por el Partido Popular.
El alcalde D. Francisco de Armas (1872-1955), era un rico terrateniente y ganadero, amén de otros negocios en la villa y por toda la isla. Su vivienda familiar era el actual ayuntamiento.
Estado actual y estado original de la estatua de D. Francisco de Armas Merino, realizada por su hijo D. José de Armas, en los años cincuenta del siglo XX y que se encuentra a la entrada del Ayuntamiento.
Con fecha 24 de Septiembre de 1910, dos días después del incendio, el pleno municipal se reúne en sesión extraordinaria. El alcalde da cuenta sobre el asunto y de la instrucción de diligencias por el Juez de Instrucción de Santa María de Guía, así como solicita iniciar los trámites para mostrarse parte en el proceso y solicitar las correspondientes indemnizaciones si proceden, según la ley de enjuiciamiento criminal, artículo 109.
Actas del primer pleno después del incendio. (Archivo Municipal)
La sospecha de la intencionalidad del incendio planea por todo el pueblo, los libros de contabilidad municipal, las actas e inventarios de los bienes de propiedad comunal quedaron destruidos, bienes que en muchos casos no estaban registrados y muchos de ellos fueron pasando sucesivamente a manos particulares mediante expedientes de dominio o de manera poco clara, con la vista gorda en muchos casos de las autoridades que dirigían los sucesivos consistorios, vendidos en buena parte al poder de los caciques locales.
Era vox populi, entre otras, que al menos una cuarta parte del agua de los nacientes del municipio era de propiedad comunal.
Estas circunstancias hicieron que el primer consistorio que llega al poder local tras la victoria del Frente Popular en las elecciones de abril de 1936, intentara recuperarlos. Así en la primera sesión plenaria, quince días después de tomar posesión, el Teniente Alcalde D. Miguel Pérez García, expone que:
"Por algunos vecinos se oye en público, que el ayuntamiento tienen como de su pertenencia una cuarta de agua amén de otros bienes".
Para aclarar y conocer estos rumores, se solicita al pleno que se inste al Registro de la propiedad de Guía, certificación de los bienes de propiedad municipal anteriores al incendio de 1910, así como los bienes registrados posteriormente de propiedad municipal y a favor de quien. Con fecha 1 de Junio de 1936, el Ayuntamiento solicita al registro de la propiedad mediante escrito, dichas gestiones.
Escrito dirigido al Registro de la Propiedad solicitando relación de bienes municipales anteriores al incendio. (Archivo municipal)
Poco más de un mes después, el 18 de Julio de 1936, el golpe militar frustra las esperanzas de recobrar lo que al parecer era del pueblo.
Otro de los derechos que desaparecieron fue el "derecho" a regar que tenían las pequeñas fincas, confirmándolo el nuevo alcalde franquista D. Pedro Esparza Martín, a raíz de un informe que le solicita el Gobernador Civil en agosto de 1936, por denuncia de D. Francisco Manrique de Lara, uno de los dueños de la heredad de aguas del Sao, contra un vecino, pequeño agricultor, por asuntos de derechos de riego, manifiesta entre otras;
"Además existe en el registro de la propiedad del Partido una inscripción en el año 1903, puesta por ellos mismos, (los Manrique) donde dice " mediante el pago anual de la tercera parte de todo lo que produzca, dar el agua necesaria para las siguientes fincas"...
Denuncia e informe del alcalde donde se confirma la inscripción del derecho a regar a cambio de un tercio de la producción de las fincas, (archivo municipal).
"Por algunos vecinos se oye en público, que el ayuntamiento tienen como de su pertenencia una cuarta de agua amén de otros bienes".
Para aclarar y conocer estos rumores, se solicita al pleno que se inste al Registro de la propiedad de Guía, certificación de los bienes de propiedad municipal anteriores al incendio de 1910, así como los bienes registrados posteriormente de propiedad municipal y a favor de quien. Con fecha 1 de Junio de 1936, el Ayuntamiento solicita al registro de la propiedad mediante escrito, dichas gestiones.
Escrito dirigido al Registro de la Propiedad solicitando relación de bienes municipales anteriores al incendio. (Archivo municipal)
Poco más de un mes después, el 18 de Julio de 1936, el golpe militar frustra las esperanzas de recobrar lo que al parecer era del pueblo.
Otro de los derechos que desaparecieron fue el "derecho" a regar que tenían las pequeñas fincas, confirmándolo el nuevo alcalde franquista D. Pedro Esparza Martín, a raíz de un informe que le solicita el Gobernador Civil en agosto de 1936, por denuncia de D. Francisco Manrique de Lara, uno de los dueños de la heredad de aguas del Sao, contra un vecino, pequeño agricultor, por asuntos de derechos de riego, manifiesta entre otras;
"Además existe en el registro de la propiedad del Partido una inscripción en el año 1903, puesta por ellos mismos, (los Manrique) donde dice " mediante el pago anual de la tercera parte de todo lo que produzca, dar el agua necesaria para las siguientes fincas"...
Denuncia e informe del alcalde donde se confirma la inscripción del derecho a regar a cambio de un tercio de la producción de las fincas, (archivo municipal).
Otras de las hipótesis de la intencionalidad del incendio es la sospecha sobre supuesta corrupción económica o mala contabilidad del consistorio. El Gobierno Civil de la entonces provincia única de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, sección de cuentas y presupuestos, al parecer ya venía advirtiendo al ayuntamiento de la obligación de entregar las cuentas y los libros de contabilidad municipal, correspondientes a los años 1900 a 1910.
Escrito Gobierno Civil multando y reclamando la cuentas municipales 1900 a 1910.
Como el alcalde no los entrega, ni contestan, tras varios requerimientos por escrito, es multado con la cantidad de 37,50 pesetas, alegando el Alcalde en su descargo, que no los puede entregar porque se quemaron en el incendio de 22 de Septiembre de 1910..., salvándose de la multa y de la fiscalización de las cuentas públicas de la villa.
Escritos en el que el alcalde alega la imposibilidad de remitir las cuentas de 1900 a 1910 y aceptación del Gobierno civil de los descargos, por la destrucción de toda la documentación en el incendio. (Archivo municipal)
Por lo expuesto hay muchas posibilidades que el incendio fuera provocado por una causa u otra o las dos anteriormente mencionadas. La mayor sospecha es apropiarse de los bienes comunales, en especial esa cuarta parte del agua que al parecer correspondía al pueblo y los derechos de riego de los pequeños agricultores, a cambio del abusivo canon de quedarse con un tercio de la producción de las fincas, por parte de algún cacique local.
El incendio se llevó buena parte de nuestra historia, de nuestra memoria y probablemente de nuestros derechos sobre propiedades como pueblo. Las consecuencias del incendio merecen ser investigadas en los archivos del Registro de la Propiedad, así que animo a las autoridades a intentarlo.
Restos quemados de los libros municipales de 1880. (Archivo Juzgado de Paz de Agaete)
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